La Asambleísta por la provincia de Imbabura, Silvia Salgado cuestionó el pronunciamiento del Director General del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS), Carlos Tamayo, quien en el marco de la sesión del Grupo Parlamentario por los Derechos de los Trabajadores, realizada el 1 de junio de 2020, manifestó que está suspendida la gestión de cobro coactiva respecto a los aportes patronales adeudados por varias empresas a los trabajadores, bajo el argumento que se acogen al Decreto Presidencial 1017 del 17 de marzo de 2020 que regula el Estado de Excepción y a la Disposición Transitoria Vigésimo Tercera de la Ley Humanitaria; norma que no está vigente aún. 

La Asambleísta Imbabureña cuestionó esta decisión del IESS, puesto que vulnera el artículo 34 de la Constitución de la República que establece que la seguridad social es un derecho irrenunciable de las personas, es contrario al artículo 371 de la Constitución que prohíbe la retención de las prestaciones para la seguridad social y además, constituye un delito dispuesto en el artículo 242 del Código Orgánico Integral Penal (COIP). 

Salgado reiteró que esta violación del derecho constitucional a la seguridad social es susceptible de una acción de protección; lo cual, fue corroborado y respaldado por el Defensor del Pueblo, Freddy Carrión; quien se mostró sorprendido ante la postura del Director del IESS y manifestó que tomarán medidas legales para garantizar los derechos de los trabajadores. 

La Disposición Transitoria Vigésimo Tercera de la Ley Humanitaria que aún no está vigente, dispone que durante el tiempo que dure la pandemia y noventa días adicionales quedarán suspendidos todos los procesos coactivos en las instituciones públicas; lo cual, a criterio de los miembros del Grupo Parlamentario por los Derechos de los Trabajadores es inconstitucional por afectar derechos sociales y debe ser demandado ante la Corte Constitucional una vez que la Ley sea publicada en el Registro Oficial.

Fotografía: Asamblea Nacional Ecuador